El Cabildo de Fuerteventura, a través de la Consejería de Industria, ha abierto el plazo para solicitar las subvenciones para la mejora de la eficiencia energética y fomento de las energías renovables de 2025. Las personas interesadas tienen hasta el próximo 16 de mayo para realizar la solicitud en la sede electrónica del Cabildo y de forma presencial.
La presidenta del Cabildo, Lola García, enfatiza que “la lucha contra el cambio climático, a través de la eficiencia energética, es una prioridad en la agenda medioambiental del Cabildo. Por eso, con estas ayudas se busca el desarrollo sostenible, reduciendo las necesidades energéticas y utilizando las fuentes renovables disponibles de manera eficiente”.
La consejera de Industria, Lolina Negrín, señala que “la ciudadanía de Fuerteventura está concienciada sobre la importancia de las energías renovables y el autoconsumo, y en esa línea se dirigen un total de seis líneas de subvenciones en beneficio de las familias, las pymes, así como el sector primario con ayudas también para las explotaciones agrícolas y ganaderas”.
De esta manera, se dirigen ayudas de hasta 5.000 euros para instalaciones de energías renovables en viviendas, hasta 1.000 euros de subvención para instalaciones de producción de agua caliente sanitaria a través de paneles solares, ayudas de hasta 10.000 euros para autoconsumo en comercios y pymes, así como de un máximo de 2.500 euros para mejorar eficiencia energética en instalaciones de iluminación en pymes. En explotaciones ganaderas o agrícolas, se concederán ayudas de hasta 15.000 euros para instalaciones de autoconsumo conectadas y de 30.000 euros para instalaciones de autoconsumo aisladas. Igualmente, se fomenta la adquisición de vehículos eléctricos, con un máximo de 4.000 euros por solicitud.
Las solicitudes pueden formalizarse a través de la sede electrónica https://sede.cabildofuer.es/). De forma presencial, también en el registro general del Cabildo de Fuerteventura, en el servicio de Industria y Actividades Clasificadas en el Parque Tecnológico o cualquier otro medio contemplado en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.