La prevención de riesgos laborales no es solo un requisito legal: es una herramienta fundamental para garantizar la seguridad, la salud y la continuidad de cualquier proyecto profesional. Sin embargo, entre los autónomos todavía persisten dudas sobre qué obligaciones deben cumplir y cuáles son sus derechos, especialmente porque estos varían en función del tipo de actividad.
A continuación, se presenta una guía clara y práctica, inspirada en el enfoque divulgativo que promueve ATA —una de las principales organizaciones de apoyo a los autónomos—, con ejemplos reales y recomendaciones útiles para aplicar la normativa sin complicaciones.
¿Qué obligaciones preventivas tiene un autónomo?
Las obligaciones concretas dependen del tipo de actividad, del nivel de riesgo y de si se tienen o no trabajadores a cargo. Aun así, existen tres grupos principales:
- A) Autónomos sin trabajadores
Un autónomo sin trabajadores no está obligado a contratar un servicio de prevención ajeno, pero sí debe asumir una serie de responsabilidades básicas para garantizar su seguridad y la correcta ejecución de su actividad. En primer lugar, debe velar por su propia salud aplicando las medidas preventivas necesarias en función de los riesgos inherentes a su trabajo. También está obligado a cumplir las normas de seguridad establecidas en los centros donde preste sus servicios, especialmente cuando trabaja para empresas cliente que disponen de procedimientos internos. Además, cuando comparte espacio con otras empresas o profesionales, debe participar en la coordinación de actividades empresariales, aportando la documentación y la información que se requiera para garantizar un trabajo seguro. Finalmente, debe utilizar los equipos de protección individual adecuados —como cascos, arneses, guantes o gafas— siempre que la actividad lo exija, asegurándose de que estén en buen estado y sean adecuados para los riesgos presentes.
Ejemplo práctico
Un electricista autónomo que trabaja en obras debe entregar su documentación CAE, usar casco y calzado de seguridad y realizar los trabajos siguiendo las normas del promotor o constructor.
Recomendación ATA
Muchos autónomos creen que “como no tienen empleados, no tienen que hacer nada”, pero ATA recuerda que la normativa sí obliga a evitar riesgos previsibles y adoptar medidas razonables de protección.
- B) Autónomos con trabajadores a su cargo
En este caso, el autónomo debe cumplir la misma normativa que cualquier empresa, lo que implica asumir una serie de obligaciones preventivas más amplias. Debe contratar un servicio de prevención ajeno o, si la actividad se considera de bajo riesgo, puede optar por gestionar él mismo la prevención. También está obligado a realizar una evaluación de riesgos y a elaborar un plan preventivo que identifique los peligros de la actividad y las medidas para controlarlos. A esto se suma la responsabilidad de informar y formar adecuadamente a sus trabajadores en materia de prevención de riesgos laborales, asegurando que conocen los procedimientos de seguridad necesarios. Además, debe garantizar la vigilancia periódica de la salud de su personal mediante los reconocimientos médicos correspondientes y disponer de un plan de emergencias y de las medidas de primeros auxilios necesarias para actuar ante cualquier situación imprevista.
Ejemplo práctico
Una peluquera autónoma con dos empleadas necesita una evaluación de riesgos (productos químicos, ergonomía, postura prolongada de pie), formación para las trabajadoras y reconocimientos médicos.
- C) Autónomos que trabajan con empresas en sectores de riesgo
En sectores como la construcción, la industria, el transporte o el mantenimiento, los autónomos deben cumplir una serie de requisitos adicionales debido al mayor nivel de riesgo asociado a estas actividades. Esto incluye disponer de certificados de formación específica, como la TPC en el caso de la construcción, y garantizar tanto la entrega como el uso obligatorio de EPIs homologados adecuados a cada tarea. Además, es imprescindible presentar toda la documentación de coordinación de actividades empresariales antes de acceder al centro de trabajo y cumplir con los protocolos de entrada establecidos, que pueden incluir permisos de trabajo, procedimientos especiales o el respeto estricto de la señalización y normas internas de seguridad del lugar donde se prestan los servicios.
Ejemplo práctico
Un técnico de climatización autónomo que trabaja en una fábrica debe presentar documentación CAE, acreditar su formación, firmar permisos de trabajo y seguir las instrucciones de seguridad del centro.
Derechos preventivos del autónomo
Aunque a menudo se pasan por alto, los autónomos también cuentan con derechos importantes en materia de prevención. Tienen derecho a recibir del cliente toda la información necesaria sobre los riesgos del centro de trabajo y sobre las medidas de seguridad que deben aplicarse durante la prestación del servicio. Asimismo, pueden exigir que las instalaciones en las que desarrollan su actividad sean seguras y no supongan un riesgo grave o inminente. Cuando una empresa solicita formación específica para permitir el acceso a sus instalaciones, el autónomo tiene derecho a que dicha formación sea facilitada o, al menos, debidamente acreditada por la entidad contratante. Además, pueden recurrir a las Mutuas y a los servicios públicos disponibles, accediendo a prestaciones por accidente laboral o enfermedad profesional, a asesoramiento preventivo ofrecido por su mutua y a una amplia variedad de herramientas y guías gratuitas de organismos como el INSST, ATA o la Seguridad Social.
Recursos útiles para el colectivo (en la línea de ATA)
Los autónomos cuentan con diversos recursos y servicios que pueden facilitarles el cumplimiento de sus obligaciones preventivas. ATA, la Asociación de Trabajadores Autónomos, pone a su disposición guías específicas por sectores, servicios de asesoramiento especializado y programas de formación que en muchos casos están subvencionados. Las mutuas colaboradoras también desempeñan un papel fundamental, ofreciendo asesoramiento en prevención de riesgos laborales, así como estudios ergonómicos y de salud que ayudan a detectar y corregir posibles problemas. Por su parte, el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) proporciona fichas de riesgos por actividad y múltiples herramientas gratuitas diseñadas para apoyar tanto a autónomos como a pequeñas empresas. Además, los servicios autonómicos de prevención completan estos recursos mediante cursos, ayudas, subvenciones y materiales adaptados a las necesidades del colectivo en cada territorio.
Recomendaciones finales para autónomos (según buenas prácticas impulsadas por ATA)
Como recomendaciones finales para los autónomos, siguiendo las buenas prácticas impulsadas por ATA, resulta esencial mantener siempre documentada la formación recibida y el uso de los equipos de protección, así como conservar los registros de coordinación de actividades empresariales cuando se trabaja para empresas. Aunque no exista una obligación formal, es aconsejable realizar una evaluación periódica de los propios riesgos para identificar mejoras y prevenir incidentes. También es recomendable invertir en ergonomía, procurando contar con una silla adecuada, una iluminación correcta y realizando pausas activas que eviten sobrecargas. Además, conviene revisar la póliza de la mutua para asegurarse de que la cobertura por accidentes de trabajo se ajusta realmente a las necesidades de la actividad. Por último, es importante mantener la formación actualizada, especialmente si se realizan trabajos en altura, con electricidad o con maquinaria, ya que estas actividades requieren conocimientos específicos y una prevención más rigurosa.
Conclusión
La prevención no es solo un requisito legal; es un factor clave para la sostenibilidad del trabajo autónomo. Conocer tus obligaciones según tu actividad y ejercer tus derechos como profesional es fundamental para cuidar tu salud, tu negocio y tu relación con los clientes.
Organizaciones como ATA ofrecen asesoramiento, formación y recursos que facilitan cumplir estas obligaciones sin añadir carga administrativa innecesaria.

